Inicio Disciplinario Procuraduría destituye e inhabilita por ocho años al actual gobernador de Vichada por contratar con uno de los financiadores de su campaña política

Procuraduría destituye e inhabilita por ocho años al actual gobernador de Vichada por contratar con uno de los financiadores de su campaña política

Por Luis Eduardo Rendón Monroy
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Se demostró que al interior de la campaña se tenía conocimiento de esta contribución a favor de Álvaro Arley León.

Foto portada: Gobernador de Vichada, Álvaro Arley León Flórez, Foto tomada del Morichal

La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por ocho años al gobernador de Vichada, Álvaro Arley León Flórez, quien suscribió un contrato por más de $ 1.700 millones con una persona que estaba inhabilitada por haber realizado aportes a su campaña electoral a la gobernación.

 

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El ente disciplinario estableció que el mandatario contrató de manera directa el suministro de mercados durante la emergencia por covid 19, con un particular que se encontraba inhabilitado para contratar con esta entidad departamental por haber contribuido a financiar la campaña del hoy gobernador.

La Procuraduría señaló que “el valor máximo que podía aportar un particular, fuera persona natural o jurídica, era la suma de $ 22.096,965 pesos como cifra tope para no generar la inhabilidad para contratar con la Gobernación de Vichada”.

En este caso, el valor aportado superó los $ 40 millones, cifra que excede el 2 % establecido por la Ley para no quedar inhabilitado para contratar con entidades públicas de la circunscripción de Vichada.

Se demostró que, al interior de la campaña, se tenía conocimiento de esta contribución y donación en especie “y en especial, el disciplinable quien suscribió, en su condición de candidato, el formulario de las contribuciones realizadas por particulares”.

Quedó demostrado que el mandatario desconoció su deber de cumplir de manera irrestricta el régimen de inhabilidades e incompatibilidades en materia de contratación estatal.

El ente de control calificó esta conducta como falta gravísima a título de culpa gravísima.

Contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular.

Fuente: Comunicaciones PGN

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