El exaspirante, en su intención de llegar a la Presidencia de la República, presuntamente, recibió y no reportó 1’610.000 dólares que le entregó la constructora brasileña para cubrir la contratación del publicista ‘Duda’ Mendoça.
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Por su parte, la exministra de Transporte habría participado en los trámites del otrosí Ocaña – Gamarra a la ‘Ruta del Sol II’, privilegiando intereses personales y favoreciendo al consorcio contratista.
En otra decisión, fue archivada una investigación que se seguía en contra de la exministra de Educación, Gina Parody, por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
En el marco de la lucha contra la corrupción y la impunidad, la Fiscalía General de la Nación, a través del Grupo de Tareas Especiales para el ‘Caso Odebrecht’,
En 2014, el entonces candidato a la Presidencia de la República, Óscar Iván Zuluaga Escobar, se habría reunido en varias oportunidades, en su apartamento del norte de Bogotá, con el exdirectivo de Odebrecht en Colombia, Eleuberto Antonio Martorelli.
En atención a lo acordado, entre junio y julio de 2014, Odebrecht giró 1’610.000 dólares a las cuentas de una empresa que el reconocido publicista tenía en Panamá.
se habría vulnerado el artículo 109 de la Constitución Política de Colombia, el cual prohíbe a los partidos políticos,
Óscar Iván Zuluaga tenía conocimiento del aporte ilícito y presentó una contabilidad con tal omisión ante el Consejo Nacional Electoral (CNE),
el candidato y su gerente de campaña, en las declaraciones rendidas ante el CNE, ocultaron información sobre la colaboración económica de Odebrecth.
un fiscal del Grupo de Tareas Especiales imputará a Óscar Iván Zuluaga Escobar los delitos de falsedad en documento privado, fraude procesal y enriquecimiento ilícito de particular; y a David Zuluaga Martínez el delito de fraude procesal.
Cecilia Elvira Álvarez Correa-Glen, en su condición de ministra de Transporte entre septiembre de 2012 y agosto de 2014, es señalada de avalar la celebración de los otrosíes 3 y 6 al contrato ‘Ruta del Sol II’,
la entonces ministra emitió una resolución el 22 de julio de 2014, que permitió a la concesionaria ‘Ruta del Sol’ instalar dos nuevas estaciones de peaje y subir el cobro en otras cinco que estaban en funcionamiento.
Los elementos de prueba indican que las adiciones y las demás actuaciones se hicieron sin estudios técnicos que las sustentaran, y sin autorización previa del Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS) y del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES), como lo exige la ley.
para intentar subsanar estas irregularidades, la exministra pidió convocar con prioridad al CONPES
la exfuncionaria, al parecer, favoreció a la concesionaria ‘Ruta del Sol’ y benefició un proyecto fluvial sobre el río Magdalena que planeaba poner en funcionamiento una terminal en Gamarra (Cesar),
es evidente el interés particular en el caso que le impedía a la señora Álvarez Correa – Glen participar en la adición del tramo Ocaña – Gamarra, pues antes de asumir el Ministerio de Transporte hizo parte de la junta directiva de varias sociedades vinculadas a la construcción del citado proyecto portuario con enfoque multimodal, en donde tenían intereses económicos familiares de su pareja.
un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia imputará a la exministra Cecilia Elvira Álvarez Correa-Glen el delito de interés indebido en la celebración de contratos. La diligencia se realizará ante un magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, con función de control de garantías.
La Fiscalía archivó la investigación que se seguía en contra de la exministra de Educación, Gina María Parody D’echeona,
Un grupo de ciudadanos denunció a la exfuncionaria con el supuesto de que incurrió en conductas ilícitas al participar en el CONPES
un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia no encontró configurado el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, en el entendido de que la exministra no participó en el trámite y celebración del otrosí cuestionado. De igual manera descartó el delito de interés ilícito en la celebración de contratos, pues el cargo que desempeñó no tuvo relación alguna con el objeto contractual.
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