Comunicado de prensa 324, La Fiscalía General de la Nación informa:
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– Es falso el argumento citado por la Policía Nacional en un comunicado dirigido a la opinión pública,
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- a) El 26 de enero, mediante informe de policía judicial, un funcionario de la DIJIN solicitó la interceptación de dos líneas telefónicas distintas a las de la exniñera y la otra mujer.
- b) El 30 de enero, otro uniformado de la Policía Nacional elaboró un formato en el que indicó que una fuente anónima aseguraba que las líneas celular de la exniñera y de la otra persona pertenecían a alias La Cocinera y alias La Madrina,
Finalmente, y con base en estos documentos, se indujo en error a un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales,
- c) El 9 de febrero, luego de mantener interceptadas las líneas durante 10 días, el investigador de la DIJIN pidió suspender la actividad porque no arrojaba información sobre el ‘Clan del Golfo’ y se escuchaban conversaciones
De esta manera, está plenamente establecido que la solicitud de interceptar las líneas de las personas que trabajaron para la jefe de Gabinete de la Presidencia de la República fue hecha un día después de que la señora Sarabia Torres y su esposo denunciaran la pérdida de 000 dólares.
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