Bajo la RESOLUCION NUMERO 202200010000057 del 07 enero de 2022, se decreta ALERTA ROJA HOSPITALARIA en la E.S.E Hospital Departamental Universitario del Quindío San Juan de Dios, la cual será modificada de acuerdo con el comportamiento y necesidades en el Departamento con relación a la pandemia y al aumento de contagio del virus SARS-CoV-2 COVID 19 y sus diferentes cepas (variantes) y una vez se estabilice la disponibilidad de personal para cubrir los diferentes servicios del Hospital, entre otras disposiciones
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, otorgadas mediante decreto de nombramiento N° 215 del 30 de marzo de 2020, en especial las dispuestas en el artículo 16, numeral 1, 2, 7, 15, 19, 21, 26 de la Ordenanza N°015 de mayo 15 de 1995, y
- Que por medio de la Circular N° S.A.60.07.01-00017 del 19 de diciembre de 2021 de la Secretaría de Salud Departamental del Quindío, dio continuidad a la alerta naranja hospitalaria y ordenó la restricción de servicios por aumento de ocupación en camas hospitalarias del Departamento y alta ocupación de los Servicios de Urgencias entre otros.
- Que Mediante la Resolución 1401 del 20 de Diciembre de 2021, la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL UNIVERSITARIO DEL QUINDÍO SAN JUAN DE DIOS decretó la Alerta Naranja Hospitalaria, ante el aumento del reporte de casos positivos por infección del virus SARS—COV2 — COVID-19 y sus diferente cepas (variantes), la alta capacidad de propagación del mismo, el aumento en la ocupación de camas en unidad de cuidados intensivos, intermedios y camas hospitalarias y de fallecidos por covid-19 y se indicó que sería modificada de acuerdo con el comportamiento del mismo.
- Que al día de hoy la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL UNIVERSITARIO DEL QUINDÍO SAN JUAN DE DIOS, supera la ocupación de Unidades de Cuidados Intensivos y Unidades de Cuidados Intermedios por encima de los 80 y 86% respectivamente; y que la tendencia es al alta según la estadística.
- Que en la actualidad algunos Municipios cercanos se encuentran en diferentes fiestas y ferias con eventos de afluencia masiva de personas y que el fin de semana (viernes 07 al lunes 10 de enero) cuenta con lunes festivo (puente) lo cual aumenta la presencia de visitantes y turistas al Departamento del Quindío.
- Que a pesar de los altos índices de vacunación del Departamento del Quindío aún existen en nuestro territorio personas que no han iniciado su esquema de vacunación y que son precisamente éstas las que en un gran numero están ingresando a las Unidades de Cuidados Intensivos por complicaciones en su estado de salud posteriores al diagnóstico de Covid-19.
- Que la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL UNIVERSITARIO DEL QUINDÍO SAN JUAN DE DIOS hace extensiva la aplicación del Decreto 1615 del 30 de noviembre de 2021 del Ministerio del Interior, en el cual menciona en el Artículo 2. “Exigencia del Carnét de Vacunación. Las entidades territoriales deberán adicionar a los protocolos de bioseguridad vigentes, la presentación obligatoria del carné de vacunación contra el Covid-19 o certificado digital de vacunación disponible en el link: mivacuna.sispro.gov.co, en el que se evidencie, como mínimo, el inicio del esquema de vacunación, como requisito de ingreso a: (i) eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva y, (ii) bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y ferias.”; para el ingreso de personal acompañante y visitante.
- Que de acuerdo al Decreto 1615 del 30 de Noviembre de 2021, la ESE Hospital se comporta como un espacio en el cual se evidencia la presencia masiva y permanente de personas, en razón a la confluencia de un número significativo de trabajadores de la salud, colaboradores, pacientes, acompañantes y visitantes.
- Que en la actualidad el Departamento del Quindío continua en ALERTA NARANJA HOSPITALARIA declarada por la Secretaría de Salud Departamental, por lo expuesto anteriormente y que en Reunión extraordinaria del Comité Hospitalario de Emergencias y Contingencias (CHEC) del Hospital y resaltando que en la actualidad existe un número considerable de colaboradores los cuales se encuentran en aislamiento preventivo o incapacidad médica, que afecta la prestación del servicio; se considera pertinente la declaratoria de ALERTA ROJA HOSPITALARIA.
- Que se define como ALERTA ROJA, al conjunto de acciones inmediatas que se deben tomar, para tratar de aliviar el sistema de salud y evitar un colapso en la prestación del servicio. Esto quiere decir para este caso que la Entidad debe procurar en estabilizar la cantidad de personal asistencial en sus servicios, con ocasión de las ausencias por incapacidades y aislamientos de su personal por contagios por Covid 19; así como se deben restringir todos los procedimientos que no son urgentes como servicios básicos, cirugías estéticas, ambulatorias, entre otras, lo cual determina que las dependencias de salud efectúen en forma inmediata las intervenciones y acciones de respuesta que sean necesarias.
- Que la Empresa Social del Estado Hospital Departamental Universitario del Quindío San Juan de Dios, activa el plan hospitalario de emergencia y prepara la respuesta con un plan de contingencia que permita responder de forma organizada, oportuna, e inmediata, en caso de presentarse alguna situación de emergencia o desastre.
- Que, por lo anterior, se debe garantizar una adecuada prestación de los servicios de salud y responder de manera oportuna a los servicios de urgencias, emergencias, y desastres, en cumplimiento de los procesos de vigilancia en Salud Pública.
- Que la E.S.E. Hospital como Institución Prestadora de Servicios de Salud, debe estar preparada con los recursos técnicos, humanos y científicos para afrontar el posible incremento de la demanda de servicios de salud.
- Que por lo anteriormente mencionado se hace necesario DECRETAR LA ALERTA ROJA HOSPITALARIA, frente a las necesidades de la institución y del personal tanto asistencial como administrativo.
Que, por lo expuesto anteriormente,
Artículo Primero: la cual será modificada de acuerdo con el comportamiento y necesidades en el Departamento con relación a la pandemia y al aumento de contagio del virus SARS-CoV-2 COVID 19 y sus diferentes cepas (variantes) y una vez se estabilice la disponibilidad de personal para cubrir los diferentes servicios del Hospital.
Artículo Segundo: Intensificar los procesos internos de incorporación de personal de la Institución para fortalecer los servicios asistenciales afectados por las ausencias.
Artículo Tercero: Como contingencia por la declaratoria de la Alerta ROJA Hospitalaria definida por la E.S.E. Hospital, se implementan las siguientes directrices:
1: Los colaboradores de la ESE Hospital tanto asistenciales como administrativos deberán encontrarse en disponibilidad permanente para responder al llamado para suplir las necesidades propias de los servicios cuando sea requerido.
2: En todos los casos se debe dar cumplimiento a las funciones, actividades, y obligaciones, para garantizar la atención oportuna del usuario, por lo tanto, se convoca a todo el personal para que actualice sus datos personales, en especial número telefónico de contacto, con su Líder de Área y/o Supervisor; recalcando que el personal solicitado, debe dar respuesta a la llamada realizada, en caso de ser requerido por la naturaleza del servicio prestado.
Artículo Cuarto: Adoptar las siguientes medidas para la contención de la crisis hospitalaria:
- Se ordena la restricción de los procedimientos quirúrgicos programados no urgentes y diferibles; en todas las especialidades.
- Se recuerda a todos los colaboradores de la institución para que den cumplimento a todas las medidas de bioseguridad y autocuidado, uso permanente de mascarilla (cubriendo siempre boca y nariz), lavado de manos constante (mínimo cada 2 horas), distanciamiento físico, evitar aglomeraciones en cafetines, cafeterías y áreas comunes del Hospital.
- Se exhorta a todos los colaboradores de la institución para que eviten la asistencia reuniones familiares, sociales y laborales donde aumente el riesgo de contagio, teniendo la disponibilidad y compromiso adquirido por la presente Alerta.
- Procurar la ventilación de las áreas de trabajo en la medida de lo posible para garantizar la circulación de aire limpio por los lugares antes mencionados.
- Informar inmediatamente al Jefe del servicio/área o Supervisor, sí presenta alguno de estos signos o síntomas: dolor de cabeza, estornudos frecuentes, congestión o secreción nasal, dolor de garganta, tos persistente, fiebre, conjuntivitis, debilidad y dolor en el cuerpo, pérdida del olfato y/o gusto.
- Restringir el ingreso de terceros tales como: domicilios, actividades de promoción y mercadeo, entre otros.
- Solicitar a visitantes, acompañantes y terceros, en el momento del ingreso a las Instalaciones de la ESE, el carné de vacunación contra el Covid-19 o certificado digital de vacunación disponible en el link: mivacuna.sispro.gov.co, en el que se evidencie el esquema de vacunación -mínimo una dosis-. Solo se tendrán en cuenta las siguientes excepciones: acompañantes de menores de edad o personas que por orden médica requieran para garantizar su atención la presencia de un acompañante.
NOTA:
Artículo Quinto: En virtud a lo dispuesto en el artículo anterior, la E.S.E Hospital Departamental Universitario del Quindío San Juan de Dios, atendiendo lo expresado en los diferentes lineamientos emitidos por Ministerio de Salud y Protección Social y la Secretaría de Salud Departamental, viene llevando a cabo entre otras las siguientes acciones:
- a) Implementar y activar los Planes de Emergencia y Contingencia Hospitalaria.
- b) Gestionar la adquisición de insumos, suministros y elementos de protección personal para garantizar la adecuada atención de los pacientes el cuidado del personal asistencial, médico y paramédico, e igualmente gestionar la adquisición de paneles para la detección de infección respiratoria el cual será aplicado en el momento en que el médico tratante especialista lo requiera. Igualmente se debe cumplir con la ruta de atención prevista por la Secretaria de Salud Departamental con respecto al envío de la muestra tomada en caso de sospecha de infección por coronavirus COVID 19.
- c) Dar cumplimiento estricto a la ruta de atención para paciente sospechoso de infección por Coronavirus la cual ha sido elaborada por la E.S.E Hospital Departamental Universitario Del Quindío San Juan de Dios.
- d) La oficina de Referencia y contra referencia, permanecerá en constante comunicación con el CRUE Quindío, para atender los llamados que este requiera.
- e) Informar al personal asistencial, la necesidad de consultar la página Web del ministerio dedicada al tema de la CoViD19: https://www.minsalud.gov.co/salud/publica/PET/Paginas/Nuevo Coronavirus�aspx
- f) Continuar con las medidas de bioseguridad y autocuidado teniendo en cuenta la Resolución 0223 de 2021.
Artículo Sexto: Realizar acciones enfocadas en fortalecer los mecanismos que permitan gestionar el egreso hospitalario adecuado de pacientes en los diferentes servicios de la Institución.
Artículo Séptimo: Con relación a la dinámica y el comportamiento del aumento de contagio del virus SARS-CoV-2 COVID 19, seguir las recomendaciones que se emanen desde la Mesa Técnica COVID de la ESE y tomar las medidas pertinentes ante los entes territoriales.
Artículo Octavo: Notificar la presente Resolución a todos los Colaboradores de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL UNIVERSITARIO DEL QUINDÍO SAN JUAN DE DIOS a través de los canales Oficiales de comunicación institucional.
Artículo Noveno: Comunicar a la Secretaria de Salud Municipal y Departamental el contenido de la presente resolución para los fines pertinentes.
Artículo Décimo: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga las demás que le sean contrarias.
Comuníquese, Publíquese y Cúmplase
ORIGINAL FIRMADO RUBEN DARIO LONDOÑO LONDOÑO
Gerente
Fuente: