Alto tribunal tumbó decisión que había considerado que el mandatario y la delegada Gobernación del Quindío, habían incurrido en desacato.
Foto portada: Presidente Iván Duque Márquez y la delegada Gobernación del Quindío Paula Andrea Huertas Arcila
La Corte Suprema de Justicia revocó la decisión del Tribunal Superior de Ibagué que había ordenado el arresto domiciliario del presidente de la República, Iván Duque y la delegada Gobernación del Quindío Paula Andrea Huertas Arcila, por el supuesto desacato a un fallo de tutela que ratificó el reconocimiento del Parque Nacional de los Nevados como sujeto de derechos.
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Luis Eduardo Rendón Monroy, Director Portal Web
“Se colige que el Presidente de la República está dando cumplimiento a los fallos de tutela y, en consecuencia, habrá de revocarse la providencia consultada en este puntual aspecto”, señala la decisión de 39 páginas.
Es evidente que los grupos designados han realizado una labor continua en el área de influencia del Parque Nacional Los Nevados, tal como lo dispuso esta Sala de la Corte al emitir el fallo”
De acuerdo con el Tribunal, el presidente Duque habría incumplido el fallo de la Corte Suprema de Justicia que dio una serie de órdenes a la Presidencia y otras autoridades al considerar que el ecosistema, como sujeto de derechos, tiene derecho a que se proteja su vida, su salud y su ambiente sano.
Entre otros, se le había ordenado al Presidente de la República, a Parques Naturales, a los departamentos de Caldas, Quindío, Risaralda y Tolima, entre otras instituciones, que elaboren un plan conjunto para recuperar, mantener, y conservar el Parque Nacional de los Nevados, política que debe elaborar una estrategia para sanear estas tierras de las actividades ganaderas, de agricultura, entre otras prácticas que generan daño en este lugar y que deben ser erradicadas en la zona.
Tras conocerse la decisión, el presidente Duque calificó la orden de arresto como inconstitucional. Al estudiar el caso, la Sala Laboral, con ponencia del magistrado Iván Mauricio Lenis, dijo en primer lugar que los jueces y ese alto tribunal sí tienen competencia para imponer medidas correctivas a los aforados, incluyendo al presidente de la República.
De otro lado, dijo que no había lugar a estimar que el mandatario había incurrido en desacato al determinar que sí se ha avanzado en el cumplimiento del fallo. Por ejemplo, la decisión dice que “es evidente que los grupos designados han realizado una labor continua y permanente en el área de influencia del Parque Nacional Los Nevados, tal como lo dispuso esta Sala de la Corte al emitir el fallo”.
Tal función deberá ser objeto de empalme con el electo Presidente de la República, quien deberá aunar esfuerzos para prevenir y mitigar los riesgos que atentan contra la conservación del Parque
El alto tribunal recordó que la decisión inicial para la protección del Parque Los Nevados incluye órdenes a corto, mediano y largo plazo que implican un trabajo continuo y mancomunado por parte de las autoridades públicas y privadas involucradas, “especialmente del Presidente de la República, quien tiene la representación legal del Parque Nacional Natural Los Nevados como Jefe de Estado”.
“Por tal razón, tal función deberá ser objeto de empalme con el electo Presidente de la República, quien deberá aunar esfuerzos para lograr que prevenir y mitigar los riesgos que atentan contra la conservación y sostenibilidad del Parque Nacional Natural los Nevados, para proteger sus riquezas ambientales que benefician a millones de habitantes”, dice la decisión.
Igualmente, la Corte levantó la orden de arresto en contra de la delegada Gobernación del Quindío Paula Andrea Huertas Arcila y acreditó que, al contrario de lo dicho por el Tribunal, esta “ha adelantado acciones tendientes a cumplir el fallo de tutela y, por tal razón, habrá de revocarse la providencia consultada”.
Ver El Fallo:
Fallo Iván Duque y Paola Andrea Huertas
Fuente: El Tiempo