El Juzgado Segundo Penal Municipal con función de control de garantías en sala 3 civil del Palacio de Justicia de Armenia a las 8:30 a.m. de este 17 de octubre presidió la audiencia de formulación de cargos en contra del exconcejal de Armenia Dr. Augusto González Peralta.
En principio, la defensa de González Peralta solicitó minutos antes de la audiencia, el aplazamiento de dicha vista pública, pero la Juez no se lo aceptó.
El presunto delito que le imputó la Fiscalía 14 seccional, fue el de concusión. González Peralta es contador público y fue nombrado por el Alcalde de la época Dr. Carlos Mario Álvarez Morales el 1ro de enero 2016 como director del departamento administrativo de hacienda, su abogado defensor es el distinguido abogado Julián Giraldo Gómez.
En el encarte penal se nombraron a Fernando león Díaz Cardona representante legal de unión temporal vías armenia unión temporal puentes armenia y el director de la EDUA para la época de los hechos Sebastián Congote Posada.
Los hechos
González Peralta a través de Congote Posada solicitó a Fernando León Díez Cardona la suma de 0cho Millones de pesos para pagar la libreta militar de uno de sus hijos y Díez Cardona accedió y el 29 de Diciembre de 2016 en un sobre de manila a través de Congote Posada le entregó la suma de 5 millones de pesos y el resto se lo entregaron después, primero 2 millones y un millón para completar el resto.
‘’el señor augusto González peralta realizó una solicitud indebida de dinero a un contratista, que sabía y conocía de la calidad que tenía quien le solicitaba el dinero, esto es, presuntamente el director del departamento administrativo de hacienda a quien le competía el pago de los contratos … ‘’la única relación con Augusto se da de índole profesional, toda vez que por la manos de él pasaron las decisiones de tipo financiero en la ejecución de los proyectos, esto nos obligaba a interactuar para poder definir cuáles eran los proyectos que se debían ejecutar’’ habría contado un testigo a la fiscal del caso.
No aceptó cargos
El exdirector del departamento administrativo de hacienda de Armenia Dr. Augusto González Peralta NO aceptó cargos.
¿En qué consiste el delito de concusión?
Es considerado un delito que atenta contra la administración pública.
El Código Penal Colombiano ha definido que se incurre en el delito de concusión cuando un servidor público abusa de su cargo o de sus funciones constriñendo a alguien para que dé o prometa dar dinero o cualquier otra utilidad al mismo servidor a un tercero.
También puede configurarse cuando el servidor público solicita que se realice un pago mayor al debido por la realización de sus funciones.
La pena a imponer estaría entre 96 a 180 meses de prisión
Próxima audiencia
La próxima audiencia será el escrito de acusación y aun en ella, el imputado podría preacordar con la fiscalía y aceptar cargos si así lo estimara conveniente