El Ministerio de Transporte emitió una circular, según la cual portar un documento no implica tenerlo en físico; puede mostrarlo virtualmente.
Los conductores despistados arrancan en 2022 con una buena noticia y es que ya no los multarán cuando se les quede en la casa el pase o la tarjeta de propiedad.
Esto a raíz de una circular del Ministerio del Transporte en la cual se aclara que “portar no es sinónimo de llevar en físico” y que, cuando los agentes de tránsito revisan los documentos deben aceptar también los “mensajes de datos derivados de la consulta en línea y en tiempo real en el Runt”.
En otras palabras, si se le queda el documento, pero usted lo tiene, basta con que haga la consulta en el Runt junto al agente de tránsito desde su teléfono. Esta consulta en línea aplica para la licencia de tránsito (tarjeta de propiedad) y para la licencia de conducción (pase).
“Las orientaciones no afectan la posibilidad de realizar control en vía: las orientaciones se limitan a señalar la posibilidad de que el control de esos requisitos se realice con la información que reposa en el Runt. Lo anterior materializa el principio de celeridad, al incentivar el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones para los procedimientos de control en vía”, se explicó desde el Ministerio de Transporte.
¿Qué hay de los otros documentos que se llevan en la guantera?
En el caso del SOAT recuerde que este seguro ya se digitalizó, así que lo que necesita es tener el código QR o tener claro con quién contrató el seguro para descargarlo. Muchas aseguradoras permiten consultar el SOAT por internet.
Las revisiones tecnicomecánicas también están en proceso de digitalización y en buena parte de los CDA ya es posible que estén subiendo el certificado al Runt.
La cédula de ciudadanía, que es otro documento clave, también puede ser digital si usted así lo decide.
Fuente: BluRadio.