El exalcalde de Génova Quindío JHON DIDIER GRISALES 45 años de edad, nacido en Sevilla Valle, enfrentará este jueves 25 de abril, audiencia pública por el presunto delito de Contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
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Dirección: Cra 12 No 8-53 Cel: 3104465600 (domicilios) Armenia
Los hechos
El alcalde Grisales fungió como tal durante el periodo de 2008 – 2011, el 1 de junio de 2011 celebró un contrato con el señor Manuel Antonio Muñoz Cifuentes, en esa oportunidad el alcalde le entregó en arrendamiento un lote de terreno con dos canchas múltiples, una gradería, una vivienda con servicios públicos domiciliarios con cerramiento en maya, mampostería y zonas verdes en buen estado, quedando en el contrato comprometida la administración municipal a la custodia y mejoramiento del predio para el bienestar de la comunidad, el arrendamiento mensual se tasó por un valor de 1 millón de pesos y por un periodo de 10 años contados a partir del 1 de abril de 2011.
El lote en comento está ubicado en el Sector de la Isla Carrera 11 Calle 32 No 12-50 de Génova Quindío; se pudo establecer en la indagación que la inversión realizada por el arrendatario ascendió a la suma de 60 Millones de pesos para el funcionamiento de la llamada área recreo deportiva consistente en el funcionamiento de una cancha sintética y por cuya explotación el arrendatario, cobra una suma de dinero, excepto el ingreso gratuito de los niños, jóvenes y estudiantes del área urbana y rural y escuela de formación deportiva, conforme a horario convenido entre las partes.
Ahora bien, no obstante que el contrato se rotuló como de arrendamiento, y que se tramitó y celebró mediante contratación directa, las prestaciones en el mismo consignadas se tipifican y adecuan verdaderamente a un contrato de concesión, por cuanto se otorgó en este caso a un particular Señor Manuel Antonio Muñoz Cifuentes, una obra o bien destinado al uso de servicio público, polideportivo municipal, para su administración, operación, mantenimiento, como de otro lado se le otorgó la construcción y explotación de una cancha de grama sintética, bajo cuenta y riego del arrendatario, Muñoz Cifuentes y cuya vigilancia y control recaía en el Municipio, a cambio de una remuneración o contraprestación, consistente en el cobro de una suma de dinero de los usuarios de la aludida cancha, contrato de concesión que debía adelantarse, por el proceso de selección abreviada y no mediante un contrato de arrendamiento, como lo tramitó y celebró el aludido exmandatario.
Así pues, el contrato aludido, se tramitó sin observar y se celebró sin verificar el cumplimiento del requisito legal esencial del principio de transparencia, en cuanto a lo dispuesto en la modalidad de contratación prevista en la Ley 80 de 1993, subrogada por el Árt. 2 de la Ley 1150 de 2007, Árt. 24 modalidades de selección, numeral segundo Selección abreviada, literal b, menor cuantía y reglamentado por el decreto 2472 del 07 de julio del 2008, en su capítulo II, Selección abreviada, Sección dos, contratación de menor cuantía, Árt. 44 al 45, por cuanto conforme a la cuantía de la inversión realizada o adelantada por el arrendatario, con el que se celebró el contrato de arrendamiento, correspondió dicha cuantía, para el año 2011 para el Municipio de Génova en menor y en consecuencia se debía adelantar un trámite de selección abreviada, que estimulara la concurrencia de oferentes.
Se le adjudica así al acusado JHON DIDIER GRISALES la conducta prevista y sancionada en título XV, capítulo cuarto del Código Penal, árt. 410, descrito como contrato sin cumplimiento de requisitos legales, en calidad de autor.
La audiencia de Juicio oral
Este jueves 25 de abril de 2019 se realizará la audiencia de Juicio Oral presidida por el Juzgado Único penal del Circuito de Calarcá a las 7 de la mañana, el ente acusador será la fiscalía 14 seccional con el apoyo del fiscal 18 y representante de victimas el Abogado Andrés Mauricio Quiceno Arenas.
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