Inicio Judicial Asesinato de la quindiana María Alejandra Calle Holguín fue planeado y ejecutado por tres socios de una firma de abogados de Armenia, concluyó la fiscalía

Asesinato de la quindiana María Alejandra Calle Holguín fue planeado y ejecutado por tres socios de una firma de abogados de Armenia, concluyó la fiscalía

Por Luis Eduardo Rendón Monroy
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‘’Se estableció por información legalmente obtenida y prueba pericial que previo al hecho, el vehículo se encontraba detenido y fue arrojado al abismo…’’ Fiscal 18 Seccional

Foto portada: María Alejandra Calle Holguín, exclusiva de Periodismo Investigativo

El Juzgado Promiscuo Municipal con función de control de garantías de Génova, Quindío, siendo las 8 de la mañana del pasado 2 agosto de 2023 presidió la audiencia de imputación de cargos y solicitud de medida de aseguramiento por el delito de homicidio agravado en contra de la abogada Diana Milena Giraldo González 37 años de edad natural de Caicedonia Valle, del Filósofo y abogado Miguel Ángel Betancourt Cadavid natural de Calarcá 46 años de edad y Fernando Betancourt Cadavid, natural de Trujillo, Valle del Cauca, 68 años de edad con estudios básicos, actuando como ente acusador la Fiscalía 18 Seccional de la unidad delitos contra la vida, la abogada Oriana Silva Moreno defensora pública de los procesados.

 

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Lo que en principio pareció un trágico accidente

Eran las 8:30 p.m. del viernes 1 de agosto de 2014, cuando María Alejandra Calle Holguín conducía el vehículo Spark color blanco de propiedad de la empresa de abogados ‘’Giraldo Betancourt y Asociados’’ para la cual laboraba y rodó por un abismo 7 Km antes de llegar a Génova, el presunto accidente ocurrió en el sector conocido como La Ermita cuando ella regresaba de ese Municipio.

Bomberos de Génova y unidades del Cuerpo Técnico de Investigación Judicial CTI, se trasladaron al lugar del accidente y por lo menos unos 700 metros abajo de la pendiente encontraron el cuerpo sin vida de la mujer y el vehículo totalmente destrozado. El Cuerpo Técnico de Investigación, CTI, realizó los actos urgentes y el levantamiento del cadáver.

 

Así conoció el abogado Miguel Ángel Betancourt Cadavid a María Alejandra Calle Holguín

‘’María Alejandra Calle Holguín, en el mes de abril del año 2014 residía en la finca las Brisas Vereda la Montaña del Municipio de Quimbaya, en compañía de sus padres. En ese predio y para esa fecha, la joven María Alejandra conoció a Miguel Ángel Betancourt, ya que este fue designado como secuestre de dicho bien inmueble en proceso administrativo de cobro coactivo promovido por la DIAN’’, Fiscal 18 Seccional

Según la fiscalía, ‘’Miguel Ángel Betancourt entabló varias conversaciones con María Alejandra Calle Holguín, aprovechando la vulnerabilidad de la joven, dado su humilde origen campesino quien se encontraba desempleada, ‘’situación esta que conllevó a que usted Miguel Ángel a manifestarle que podría conseguirle un trabajo en una oficina de abogados para la que usted presuntamente trabajaba y la que corresponde a la Sociedad ‘’ Giraldo Betancourt Abogados y Asociados’’, entre cuyos socios se encuentran usted Miguel Ángel y como también socios usted Diana Milena Giraldo Gonzales y usted señor Fernando Betancourt Cadavid, dando la claridad que Diana era la esposa o compañera de Miguel Ángel mientras Fernando Betancourt Cadavid era el hermano de Miguel Ángel’’, Fiscal 18 Seccional.

 

Diana Milena Giraldo González , Miguel Ángel Betancourt Cadavid y Fernando Betancourt Cadavid, tomada de 4 caminos

 

Recogen a María Alejandra para entrevistarla

‘’Se estableció, como consecuencia de lo anterior, que María Alejandra Calle Holguín fue contactada para llevar a cabo una entrevista de trabajo, el día domingo 18 de mayo de ese año 2014, fecha para la cual María Alejandra fue recogida en un vehículo aproximadamente a las 5 y media de la tarde, tanto por usted Miguel Ángel como por su hermano el imputado Fernando Betancourt Cadavid’’, Fiscal 18 Seccional

 

María Alejandra Calle Holguín fue escogida para laborar con la Sociedad ‘’ Giraldo Betancourt Abogados y Asociados’’

‘’Efectivamente María Alejandra Calle Holguín fue escogida por entrevista realizada por usted Diana Milena Giraldo González ese domingo 18 de mayo de 2014, quien comenzó a laborar para ‘’Giraldo Betancourt y Asociados’’ el día 19 de mayo de 2014 conforme a contrato individual de trabajo, pactado entre María Alejandra y los imputados Diana Milena Giraldo González y Miguel Ángel Betancourt Cadavid para María Alejandra desempeñar el cargo de ‘’secretaria general con funciones de dependencia para recepción de documentos e información en juzgados e instituciones de las ciudades, pueblos y departamentos donde ‘’Giraldo Betancourt Abogados y Asociados’’ despliegan sus servicios jurídicos’’, destacándose en documento como en entrevista de acuerdo a las necesidades del cargo  y manual de funciones, la de conducir vehículos automotores para lo cual debía contar María Alejandra  con la documentación en regla y que la responsabilidad en esa actividad de riesgo peligro, recaía en la victima María Alejandra Calle Holguín’’, Fiscal 18 Seccional

 

A María Alejandra le pagaron curso para conducir y un seguro millonario de accidentes

‘’No obstante ese requerimiento de la pericia legal de manejar vehículos automotores, ustedes Miguel Ángel Betancourt Cadavid, Diana Milena Giraldo González y Fernando Betancourt Cadavid tenían conocimiento de la carencia de dicha destreza, pues María Alejandra adelantó con la Academia de conducción ‘Alcatraz’ un curso que era pagado por ustedes y que se desarrolló entre el 11 de junio al 1 de julio del 2014 con un total de 16 horas, obteniendo el licenciamiento el 10 de julio de 2014 , Amén, de que usted Fernando Betancourt Cadavid enseñaba a María Alejandra a dicha actividad de conducción incluida como se demostró en estas diligencias o en esta investigación, la de manejar motocicleta’’, Fiscal 18 Seccional.

 

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Mucho tiempo antes de entrevistar y contratar a la víctima, cotizaron seguro de vida y accidente para ella

‘’Por otra parte se estableció que los imputados, usted Miguel Ángel y Diana Milena, se contactaron con el asesor de seguros Ricardo Alonso Sánchez Cañaveral tiempo antes de la entrevista y contratación de María Alejandra con el objeto de conocer extrañamente, sobre seguros que pudieran tomar, explicándoles el señor Ricardo, los de accidentes personales y los de vida, solicitando así, usted Miguel Ángel y Diana Milena, dos cotizaciones de pólizas con alto valor asegurado, e indicando los imputados que el seguro no era para ellos, sino, para una persona que iba a trabajar para ustedes’’, Fiscal 18 seccional

 

Dos o tres días antes de contratar a María Alejandra, confirmaron a la aseguradora la compra de la póliza

‘’Se determinó, que dos o tres días antes de la contratación de María Alejandra, se acercaron nuevamente usted Diana Milena y Miguel Ángel, donde el citado asesor y le manifestaron su intención de adquirir el seguro, por lo que se acordó una cita con la asegurada María Alejandra Calle Holguín, con el objeto de ilustrarle la póliza, tramitándose así el documento ‘’solicitud de    declaración de asegurabilidad para seguros individuales de personas’’ el día 19 de mayo de 2014, esto es, la misma fecha en que María Alejandra fue contratada indicándoles ustedes Diana Milena Y Miguel Ángel al citado asesor de seguros Sánchez Cañaveral, que el objeto del seguro era con fines de previsión ante una eventualidad porque María Alejandra era, según ustedes, la única persona expuesta porque iba a visitar en un automóvil varios municipios, no obstante como se advirtió, ustedes conocían que María Alejandra carecía de licencia para conducir’’, Fiscal 18 Seccional.

 

Tomaron la póliza de seguro a nombre de María Alejandra por $200 Millones de pesos y como beneficiario el cuñado de la abogada Diana Milena Giraldo González

‘’Así pues, se adquirió el seguro de accidentes ‘Plan Acciones Personales’’ de la empresa Suramericana No 1090246-1, póliza tomada a partir del 22 de mayo de 2014, cuyo objeto entre otros, era el amparo por muerte accidental por un valor por dicho evento de 200 Millones de pesos…designándose allí como beneficiario a usted Fernando Betancourt Cadavid por un porcentaje del 100 % del valor asegurado’’, Fiscal 18 Seccional

 

‘’Se infiere, que ustedes Miguel Ángel y Fernando Betancourt Cadavid encontrándose en su interior María Alejandra Calle Holguín la arrojaron…’’, Fiscal 18 Seccional

‘’Así pues, los elementos de conocimiento indican que María Alejandra Calle Holguín se desplazaba al Municipio de Génova en un vehículo Chevrolet Spark color Blanco modelo 2012, en compañía de usted Fernando Betancourt Cadavid, persona que al parecer guiaba el vehículo, dada la escasa y corta experiencia como conductora de vehículos de María Alejandra, determinándose que usted Fernando, óigase bien, se había desempeñado como conductor de la empresa COOMOQUIN entre el año 2001 y 2003, guiando u operando buses de servicio intermunicipal entre Armenia y Génova y en consecuencia, conociendo las especiales características de la vía como especialmente su sinuosidad y los sitios de alta accidentalidad de dicha calzada, el vehículo automotor en el cual se realizaban los desplazamientos, era de propiedad del señor Wilson Gutiérrez Franco, quien se lo prestó, óigase bien, se lo prestó a usted Diana Milena Giraldo González, habida cuenta que era su cuñada y no bajo un aparente contrato de arrendamiento, que se elaboró para presuntamente legalizar el vínculo de dicho rodante a la citada firma de usted, pues el vehículo se estableció, fue usado, óigase bien, fue usado única y exclusivamente para que María Alejandra realizara el desplazamiento al Municipio de Génova, respondiendo así a juicio de la fiscalía, al plan criminal de ubicarla en un lugar de alta accidentalidad y simular el homicidio como un accidente de tránsito y en consecuencia de trabajo, para efectos de la reclamación de la póliza de seguro’’, Fiscalía 18 Seccional.

 

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‘’Se estableció por información legalmente obtenida y prueba pericial que previo al hecho, el vehículo se encontraba detenido y fue arrojado al abismo…’’ Fiscal 18 Seccional

‘’Se estableció en consecuencia, que el día primero de agosto del año 2014, María Alejandra Calle Holguín se desplazó a eso de las 3 de la tarde, óigase bien, a las tres de la tarde, desde el Municipio de Quimbaya al Municipio de Génova en compañía de usted Fernando Betancourt Cadavid, y una vez en el Municipio adelantó las presuntas encuestas o caracterizaciones hasta alrededor de las 5 a 7 horas de la tarde o de la noche de ese día primero de agosto, luego de los elementos de conocimiento se deduce, que alrededor de las 8: 30 de la noche de ese primero de agosto de 2014, exactamente en el Kilómetro 50 Vereda la Granja inmediaciones de la fina la Ermita, fue arrojado el vehículo descrito a un abismo o precipicio, un sitio de alta accidentalidad ‘per se’ y se infiere que ustedes Miguel Ángel y Fernando Betancourt Cadavid, encontrándose en su interior María Fernanda Calle Holguín, la arrojaron; pues se estableció por información legalmente obtenida y prueba pericial, que previo al hecho, el vehículo se encontraba detenido y fue arrojado al abismo iniciando la caída por la parte posterior del rodante, acción que se realizó por ustedes, simulando un accidente de tránsito para los efectos posteriores del lucro con el pago del seguro, donde fungía como tomadora asegurada María Alejandra y extrañamente como beneficiario, quien acostumbraba acompañarla en el rodante y era conocedor de la vía, Fernando Betancourt Cadavid, persona que por demás sin título profesional alguno, exóticamente resulta socio de una barra de abogados, como disque socio capitalista con un mero aporte de 10 Millones de pesos’’, Fiscal 18 Seccional

 

El abogado Miguel Ángel y su hermano estaban en el sitio de los hechos y no en Bogotá

‘’Por otra parte se estableció por información legalmente obtenida y evidencia técnica que los citados Miguel Ángel o sea usted Miguel Ángel y Fernando Betancourt se encontraban en ese lugar el día de los hechos y no en Bogotá como ustedes afirmaron en la etapa de indagación’’, Fiscal 18 Seccional.

La Fiscalía confirmó durante la diligencia, que el señor Fernando Betancourt Cadavid, luego de varias reclamaciones, cobró la póliza de seguro de vida por accidente de trabajo, por valor final de $120 Millones de pesos, transacción que se hizo en una Ciudad muy lejos del Quindío.

 

Audio del Fiscal 18 Seccional: explicando cómo se planeó y ejecutó el asesinato de María Alejandra Calle Holguín, exclusivo de Periodismo Investigativo

 

Los tres imputados no aceptaron cargos por la presunta comisión del delito de homicidio agravado como coautores materiales a título de dolo, lo que les daría, de ser vencidos en juicio, una condena de 33 a 50 años de prisión, por ahora se presume la inocencia de los tres imputados. Los imputados no aceptaron cargos y la Fiscalía 18 Seccional retiró la solicitud de la medida de aseguramiento

 

Audio: de la no aceptación de cargos

 

Nota periodística exclusiva del Portal Web noticioso del Quindío Periodismo Investigativo

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