En la denuncia penal con número de radicado 20223150051932 y noticia criminal No 630016000059202310014, figuran los señores José Manuel Suárez Ríos y David Ramírez Serna, se les sindica de haber presuntamente cometido los delitos de estafa agravada, falsedad en documento agravada, lavado de activos y enriquecimiento ilícito, en perjuicio de un reconocido empresario de la Capital quindiana, con la gravedad de que habría, al parecer, más personas estafadas.
Foto portada: Justicia, tomada de BluRadio
PUBLICIDAD EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P.
Los demandados y según la denuncia penal radicada el 30 de diciembre de 2022, fingieron tener contratos con SMART THINGS, Empresa de SAMSUNG y para convencer a su víctima sobre la importancia, seriedad y viabilidad en el negocio de compra de dos aplicaciones, (propiedad del demandante afectado), los denunciados acudieron a presentar copias y documentos presuntamente legales de sus negociaciones pasadas y vigentes con SAMSUNG, documentación que finalmente resultó ser totalmente falsa.
Hechos
El señor JOSE MANUEL SUAREZ RIOS el 6 de septiembre de 2.017 se reúne con su víctima (el gerente de una importante empresa de inversiones) con el fin de plantear un negocio consistente en la compra por parte de la empresa del señor SUAREZ RIOS (LUSUAU S.A.S.) a la empresa ya señalada, de dos aplicaciones, porque cuenta con un contrato con SMART THINGS en el cual le desarrolla dichas aplicaciones para un nuevo sistema operativo.
Para demostrar la existencia de la relación entre LUSUAU y SMART THINGS (Empresa de SAMSUNG), el señor JOSE MANUEL SUAREZ RIOS, entrega al afectado (Gerente de la empresa de inversiones) un documento contentivo del supuesto contrato entre ellos, para el cual necesitaban: Las aplicaciones de la empresa de inversiones y la financiación de la misma.
Se trata de un contrato en once (11) folios, TITULADO: “CONTRATO PROYECTO X” ACUERDO DE DESARROLLO DE SOFTWARE” con fecha 4 de octubre de 2.017 el cual presenta información oculta y todo con marca de agua de “CONFIDENCIAL PROPIEDAD DE LUSUAU”.
Llama hoy la atención que el documento se encuentra en español.
Aprueban contrato
Convencidos de Ia realidad del negocio, mediante documento privado autenticado 18 de noviembre de 2017, la sociedad y/o empresa de inversiones representada por la víctima, encontrándose debidamente facultada para actuar como El Cliente y la sociedad que se denominó EL PROVEEDOR conformada por el señor José Manuel Suárez Ríos y su suegro.
Surtidos los pasos previos a la negociación y estando plenamente de acuerdo, las partes procedieron a fijar las Cláusulas de Propiedad Intelectual.
Tarifas
En consideración de los servicios que prestará el Proveedor, el Cliente (la victima) deberá cancelar al Proveedor, la totalidad de CINCO MILLONES DE DÓLARES AMERICANOS (US $5.OOO.000) por la Licencia de Software de FESTA Y GYFFUSION.
Forma de pago: El pago total será efectuado por el Cliente al Proveedor antes del primero (1o) de mayo del año dos mil diecinueve (2.019).
Parágrafo: EL CLIENTE tendrá informado al PROVEEDOR sobre los pagos de SMARTHINGS y el pago al PROVEEDOR será adelantado si SMARTHINGS paga antes del 1º. de mayo de 2.019.
Indemnización
Para proteger el negocio pactado, Por parte del Cliente. El Cliente acuerda indemnizar, proteger y resguardar al Proveedor de cualquier y todo daño, responsabilidad, costo, pérdida o gasto derivado de cualquier reclamo, demanda o acción judicial iniciada por un tercero, en consecuencia, del quebramiento de cualquier de las responsabilidades u obligaciones, y garantías del Cliente, debidamente establecidas en este acuerdo. Por esta razón pagará una indemnización de UN MILLÓN DE DÓLARES AMERICANOS (US $1.OOO.000).
Cláusula penal
El incumplimiento de las obligaciones emanadas de este contrato generará en contra de quien incumpla y a favor de quien cumpla o se allane a cumplir una multa del diez por ciento (10%) del valor total de la negociación y podrán cobrarse por la vía ejecutiva sin perjuicio de las indemnizaciones y perjuicios a que haya lugar.
GARANTÍA: El cliente otorgará a favor del PROVEEDOR una garantía suficiente que respalde el valor total de la suma entregada para el acondicionamiento del Software y el cumplimiento de éste contrato, la cual estará vigente hasta tanto: 1. El Cliente haga el pago total al Proveedor de la suma de CINCO MILLONES DE DÓLARES (US $5.OOO.000) de acuerdo a lo estipulado en este Contrato y el Licenciamiento. 2. En caso de incumplimiento del contrato, hasta cuando restituya el valor total do la suma entregada para acondicionamiento definida en el numeral 3.1. La garantía será real y sobre bienes inmuebles de propiedad del Cliente o de terceros que avalen la operación comercial. El Cliente y los terceros deberán suscribir pagarés a favor del Proveedor por la suma de dineros entregados.
En desarrollo de los mencionados contratos y para darle inicio a los mismos, la sociedad demandante, entregó a LUSUAU S AS. representada por JOSE MANUEL SUAREZ RIOS como consta en ACTA DE ENTREGA del día 23 de noviembre de 2.017, TODA LA INFORMACIÓN, COMPONENTES, BASES DE DATOS. MANUAL DE DESARROLLADOR, MANUAL DE USUARIO, CÓDIGOS FUENTE Y CASOS DE PRUEBA de las aplicaciones
Ejecución del contrato
El 20 de noviembre de 2.018 hacen la entrega de software vendido y certificación de entrega del aplicativo “para el nuevo sistema operativo de Samsung.” Según documento anexo y en el cual firman: DAVID RAMÍREZ como Representante de Lusuau; JUAN PABLO SÁNCHEZ como testigo y Gabriel M (sic) como Representante de Smarthings y documento en el que se aprecia un listado de elementos entregados.
DICHOS DOCUMENTOS PRESENTAN SOSPECHOSAS INCONSISTENCIAS ASÍ:
- No hay claridad si el cliente final es SAMSUNG o si por el contrario es SMART THINGS.
- Porque los documentos de recibo de información o actas de entrega se encuentran en español, si la entrega era “supuestamente” en los Estados Unidos de América
- La supuesta firma del señor “GABRIEL M’’ en el acta de entrega quien supuestamente obra en representación de SMART THINGS
- El error en el nombre de la compañía en el acta de entrega del 21/12/2018 cuando dice: CLIENTE: SMARTHINS FOR SAMSUNG
- La firma en el documento denominado CERTIFICATE OF COMPLETION del supuesto “JAMES STOLP”
Al consultar redes sociales y WIKIPEDIA, efectivamente el señor “JAMES STOLP” perteneció como FUNDADOR de la empresa SMARTTHINGS desde el año 2012 hasta el año 2014 cuando vendió su participación en la compañía y hasta 2016 cuando se retiró y fundó su propia compañía.
El señor JAMES STOLP para la fecha del 21/2019/2019 no trabajaba para SAMSUNG ni para SMARTHINS (empresa que cofundó).
En búsqueda de la verdad, la víctima contactó al señor JAMES STOLP, quien aseguró no conocer a los señores denunciados penalmente y que le parece muy extraño, toda vez que él fue cofundador de SMARTTHINGS, pero hace años esa empresa fue adquirida por SAMSUNG.
Los hoy demandados incumplieron
Para diciembre de 2.018 supuestamente el producto final siempre estuvo entregado a SMARTHING y solo se esperaba el pago para la víctima.
En febrero de 2.019. el señor JOSE MANUEL SUAREZ, envía al denunciante, la noticia que el pago ya estaba listo, que eran TREINTA MILLONES DE DÓLARES AMERICANOS, que estaban al cobro en BANK OF AMERICA, y como soporte de lo dicho. envió un documento, en apariencia legal, pero resultó falso.
Ante la presión del cobro Y COMO EL DINERO NO LLEGABA, el señor JOSE MANUEL SUAREZ RIOS, reenvía un correo al inversionista, el 6 de mayo de 2019, con el que supuestamente demuestra que el dinero se encuentra listo para el cobro, pero que tenía que enviar unos documentos para poderlo hacer efectivo, situación que solo era un pretexto para engañar al inversionista y no pagarle lo pactado o devolverle el dinero invertido en lo que finalmente resultó en una gran estafa.
Todo el material probatorio y demás detalles de la millonaria estafa, quedaron adjuntos en la denuncia penal ya radicada y solo se está a la espera de que la fiscalía asignada para adelantar el proceso, lo haga a la mayor brevedad, para evitar con ello que más personas, presuntamente, caigan en las fauces de estos personajes
Exclusivo:Periodismo Investigativo www.periodismoinvestigativo.com.co